
Los hechos que se juzgaron, tuvieron lugar en la ciudad de Palpalá durante los meses de junio y julio del año 2024 en los barrios San José y Alto Palpalá.
Un hombre identificado como L. M. M. fue condenado a la pena de 8 años de prisión por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Amenazas, Privación ilegítima de la libertad agravada por el medio de comisión y el vínculo y Abuso sexual con acceso carnal”, perpetrados contra su ex pareja en la ciudad de Palpalá.
La sentencia fue dictaminada el pasado 6 de marzo del año en curso, en la Sala de Audiencias de la Oficina de Gestión Judicial, por los Jueces con funciones de juicio Felicia Barrios –presidente de trámite-, Margarita Nallar y Luciano Yapura.
Los magistrados además ordenaron que L. M. M. mantenga su alojamiento en el Servicio Penitenciario, a la vez que le impusieron la prohibición de contacto por cualquier vía (llamadas, mensajes, WhatsApp, redes sociales, etc.) con la víctima.
Asimismo, dispusieron, una vez firme la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual.
Hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, el 24 de junio de 2023, aproximadamente a las 22.50, en un domicilio del barrio San José de Palpalá se encontraban la víctima, ex pareja del acusado L.M.M., junto a una amiga.
En esa circunstancia se presentó el imputado en su motocicleta, se bajó y comenzó a agredir verbalmente a la víctima. Al ser interrumpido por la amiga de está, amenazó a su ex pareja, tras lo cual sacó de su bolsillo una piedra y la tiró hacia donde estaban ambas mujeres, no logrando impactar en ninguna de ellas; para luego subirse a su moto y retirarse del lugar.
Posteriormente, el 1 de julio de 2024, aproximadamente a las 11, en una vivienda del barrio Alto Palpalá, la víctima se apersonó al domicilio del acusado, quien la engañó con la excusa de que vaya a retirar a su perrita para llevarla al veterinario.
Luego de ingresar a la casa de L. M. M. la mujer fue empujada por este hacia una habitación, cerrando con llave la puerta de la misma.
Seguidamente, el imputado volvió a empujarla haciendo que esta se caiga y se golpee la cadera y la cabeza, para después proseguir intimidándola, y pese a los pedidos de la mujer que la dejara ir no se lo permitió. Aproximadamente a las 15 del mismo día, mientras la víctima continuaba encerrada el acusado la obligó a tener relaciones sexuales, situación que se repitió.
Al día siguiente, 2 de julio de 2024, aproximadamente a las 5, ambos se despertaron y allí, ante el pedido de la mujer para que la deje ir, el imputado la obligó a tener relaciones sexuales para dejar que la mujer se vaya.
El fiscal ante el Tribunal fue Alejandro Gurrieri, mientras que la querella estuvo representada por Joaquín Campos, del Centro de Asistencia a la Víctima. Por su parte, la defensa técnica del acusado fue ejercida por el abogado Néstor Fabián Acosta.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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