marzo 15, 2025

Importante y eficaz participación de las Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos del Ministerio Público de la Acusación

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Ayer, en un proceso de mediación penal llevado a cabo por el Ministerio Público de la Acusación (MPA), por medio del diálogo y la conciliación, se resolvió un conflicto social complejo en la ciudad de Palpalá.

El proceso de mediación penal fue dirigido por la Directora de las Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos del Ministerio Público de la AcusaciónMediadora Dra. Celina de Tezanos Pinto con la colaboración del Mediador Penal Dr. Daniel Eduardo Luna.

Contó con la participación de la Municipalidad de la ciudad de Palpalá y la Secretaria de Ordenamiento Territorial de la Provincia.

Las partes arribaron a un acuerdo por el que se solucionó en forma pacífica el conflicto social que llevaba casi un año.

Finalizadas las audiencias, la Directora de las Oficinas de Resolución Alternativa de Conflictos del MPA expresó “con la participación de nuestro equipo, con los vecinos, con la gran colaboración de la Municipalidad y de la Secretaria de Ordenamiento Territorial se puedo arribar a un acuerdo por lo que se solucionó un conflicto habitacional en la localidad de Palpalá”.

Explicó que se puede utilizar la herramienta de Resolución Alternativa de Conflictos en los procesos penales en “los casos en los que los Fiscales consideren que se pueden aplicar los principios de oportunidad, es decir, cuando los hechos investigados tienen una pena inferior a los 6 años, los Agentes Fiscales tienen la posibilidad de derivarlos a una solución alternativa”.

“Esta solución implica que si las partes llegan a un acuerdo, y se da cumplimiento al convenio celebrado, finaliza el proceso penal”.

Agregó “en el caso que se llegue a un acuerdo, y se cumpla, lo presentamos al Fiscal con el oficio de cumplimiento para que pueda solicitar el sobreseimiento de las personas que hubieran sido imputadas”.

Destacó que “nosotros como mediadores colaboramos para que las partes puedan llegar voluntariamente a un acuerdo, ya que el proceso de mediación es voluntario y confidencial”.

Por su parte, el Dr. Daniel Eduardo Luna manifestó “finalmente las partes intervinientes, luego de un intenso trabajo, pudieron arribar a un acuerdo donde se contemplaron los intereses que estuvieron en juego”.

Sobre el uso de la herramienta de la mediación, aseveró “la tarea es legitimar a las partes para que ellas puedan tener un diálogo fluido y podamos sacar a la luz cuál es el verdadero interés que motiva el conflicto y así poder ser un canal para que puedan solucionarlo, encontrar una satisfacción a sus intereses que muchas veces, en un procedimiento penal ordinario, no se encuentra o lo encuentran luego de un largo período de tiempo”.

“Lo que hace la mediación es facilitar y acortar plazos para que las partes puedan ver satisfechos sus intereses”, concluyó.